Sexualidad y Género: desafíos a la teología y a las iglesias – (Parte 1)

 In Sexualidad Humana, Violencia de Género

Desde joven, los caminos de la vida me han cruzado con personas no heterosexuales y de diferentes orientaciones sexuales.  En mi tarea pastoral también he tenido que acompañar a personas homosexuales y familiares de éstos, que vivían en un estado de angustia, dolor y tristeza, por vivir en una sociedad heteronormativa. Uno de los pilares de nuestras mejores teologías latinoamericanas sigue siendo la capacidad de tomar en cuenta los signos de los tiempos y hacer una teología que responda a ellos. Por eso presentaré brevemente algunas preguntas teológicas -que no son nuevas y otros ya han presentado- referidas al género y sexualidad, desde nuestra realidad en América Latina.

Como aclaración de entrada, lo primero que quisiera decir es que no tengo ni pretendo tener claridad definida sobre varios aspectos de este tema.  Más bien, quisiera hacer algunos pensamientos en voz alta para la conversación, ya que es algo que tenemos que ir construyendo entre todxs. Como teólogos, y como ya lo han dicho otrxs, la pregunta última que nos debe animar   -humildemente creo-en cualquier discusión es: ¿qué tiene para enseñarnos este tema acerca de Dios?  En otras palabras, creo que no solamente la teología tiene algo que decir frente a la temática antropológica de la sexualidad y del género, sino que la sexualidad y el género tienen algo que decirnos acerca de cómo pensar a Dios, cómo hablar de Dios y cómo relacionarnos con Dios, lo que a la vez tiene consecuencias reales para cómo nos tratamos mutuamente y cómo nos relacionamos con la creación.[1]

Contexto actual

Hasta donde llegan nuestros conocimientos siempre han existido personas cuya orientación sexual no es la heterosexual y se proyectan hacia individuos del mismo sexo. Dicha orientación sigue presente en las sociedades contemporáneas en un porcentaje que suele estimarse en alrededor del diez por ciento de la población.

Es cierto que en los países occidentales cada vez más las personas homosexuales son integradas socialmente y respetadas. Desde hace algunos años se ha intensificado el movimiento de protección, respeto e igualdad para los homosexuales. Como consecuencia, algunos países han comenzado a reconocer el derecho a casarse o legalizar “uniones civiles”, similares al matrimonio heterosexual.[2]

También aparecen con fuerza la voz de colectivos que claman por la diversidad sexual, en sus diversas orientaciones sexuales. Los mayores documentos internacionales de protección de los derechos humanos no hacen una mención expresa a los homosexuales o matrimonios de personas de un mismo sexo, aunque tampoco hay ninguna indicación de estar en contra[3]. Los principios de igualdad y no-discriminación gozan, en consecuencia, del reconocimiento universal y son, a la vez, compatibles con la ética cristiana fundada en el amor, entendido como respeto por la dignidad de toda persona humana.

CONTINUA PARTE 2 AQUI.

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[1] Ver Nancy Bedford, Sexualidad y género desde una perspectiva teológica, Charla en ISEDET 4/8/11en Foro de Teología y Género. Acceso digital sin publicación.

[2] Sin embargo, no faltan casos aislados, inaceptables para le fe cristiana, de intolerancia y burla y en algunas sociedades los homosexuales son marginados hasta el punto de verse obligados a ocultar sus verdaderos sentimientos. Hay Estados, además, en los que la homosexualidad está prohibida o castigada gravemente e incluso ciertos países islámicos, prevén la pena de muerte para los infractores. Casi todos los países de Europa Occidental e Israel reconocen sistemas similares a la llamada “unión civil”. Argentina ha legalizado este tipo de matrimonio en julio 2010 y la Corte Suprema de México ha declarado, en agosto 2010, que el matrimonio de personas de un mismo sexo es constitucional y que esas parejas tienen derecho a adoptar.

[3] En cambio, las minorías sociales – la homosexualidad y las otras orientaciones sexuales (travestis, trans, etc.) son parte ellas- están protegidas por el principio de que los seres humanos son todos iguales en dignidad y derechos (art. 1ro. de la Declaración Universal de los Derechos Humanos) y, sobre todo, sobre la base de la no-discriminación “sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición” (art. 2do.).

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Showing 2 comments
  • Daniel Nájar

    No se puede acceder a la segunda parte.

    • Jonathan D Sánchez

      Daniel, la segunda parte del articulo ya esta publicada!!. Gracias por tu interes y comentario!!

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